Saldo a Favor, ¿Cuánto te regresa el Sat?

Ciudad de México

Agencia Milenio

Uno de los aspectos importantes de la resolución miscelánea fiscal para 2021 es el relacionado con la devolución automática de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas.

La devolución automática procederá si las personas físicas presentan su declaración del ejercicio 2020 a más tardar el 31 de julio de 2021, si pasa esta fecha, no podrán acogerse a a esta facilidad, a menos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anuncie que amplía este plazo.

Se requiere la e.firma para la declaración de montos mayores a 10 mil 001 pesos y contraseña para montos menores a esta cifra.

Los contribuyentes que presenten un saldo a favor entre 10 mil y 150 mil pesos van a poder presentar su declaración exclusivamente con contraseña siempre y cuando en la cuenta CLABE en la cual quieren que se deposite coincida con alguna que ya tenga precargada el sistema del SAT.

Si se va a actualizar la cuenta CLABE, incluso por seguridad del contribuyente, es necesario que se presente con el uso de la e.firma

¿Quiénes no podrán acogerse a la devolución automática?

Contribuyentes con saldos a favor superiores a 150 mil pesos

Cuando el saldo a favor corresponde a ejercicios anteriores

Que hayan solicitado previamente un formato de devoluciones

Quienes presenten su declaración anual posterior a la fecha límite

Contribuyentes con solicitudes con CFDI’s expedidos por contribuyentes del listado 69 y 69-B, etcétera.

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